• Home
  • Actualidad
  • Este año comenzará a funcionar en Colombia la visa para nómadas digitales

Bogotá, 5 de agosto de 2022

En aproximadamente tres meses entrará en vigencia la Resolución que establece nuevas disposiciones sobre las visas, entre estas se encuentra la visa para nómadas digitales y sobre nacionalidades exentas de la misma, la cual estará firmada por la vicepresidenta y Ministra de Relaciones Exteriores, Canciller Marta Lucía Ramírez.

“La Resolución 5477 crea nuevos tipos de visa más acordes con las realidades actuales y con los compromisos en materia migratoria adquiridos por Colombia, mientras la resolución 5488 del 22 de julio de 2022 establece disposiciones sobre las nacionalidades exentas de visa para visitas cortas, cuyo número alcanza un centenar, y otras medidas en materia migratoria, sin menoscabo de los compromisos internacionales adquiridos por Colombia en el marco de convenios o acuerdos de facilitación migratoria suscritos y en vigor”, aseguró el coordinador de Visas del Ministerio de Relaciones Exteriores, Víctor Hugo Echeverri.

En cuanto a la visa para nómadas digitales se busca que “los portadores de pasaportes de 100 nacionalidades o territorios que estarán exentos de visa para diversas actividades. Entre ellas, para trabajar remotamente o para prestar servicios desde Colombia como nómadas digitales, siempre que dichas actividades no generen pagos por salario o sueldo en Colombia.

En estos casos, la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia podrá otorgar el permiso que corresponda para el ingreso y permanencia, de acuerdo con la norma vigente.

Se entiende como actividad de corta estancia, aquella cuya duración es menor de 90 días y que puede ser extensible hasta 180 días.

Los extranjeros nómadas digitales y trabajadores remotos que deseen permanecer y trabajar desde Colombia podrán solicitar la visa de Visitante Nómadas Digitales / Trabajadores Remotos, que se otorga hasta por dos años con un mínimo de requisitos.

La Resolución 5488, además de establecer un centenar de nacionalidades que no requieren visa para estancias cortas, señala por exclusión a aproximadamente 160 nacionalidades que están exentas de visa para efectuar tránsito aeroportuario directo en Colombia en algunos de los aeropuertos internacionales del territorio nacional, con destino a un tercer Estado.”

(Con información de Presidencia de la República)