• Home
  • Actualidad
  • Gustavo Petro asume la regulación de los servicios públicos

Con la expedición del decreto 0227, en el que se le da la facultad al presidente Gustavo Petro para asumir la regulación de los servicios públicos en Colombia. Dentro de sus funciones tendrá el carácter general de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) y la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).

El jefe de Estado explicó que fungiría esas funciones para beneficiar a la población civil por los cambios en las tarifas de la luz y el agua en Colombia. “Voy a asumir el control directa y personalmente, en función de lo que la misma ley dice: primero el interés general y el del usuario”, precisó en un evento en Duitama, Boyacá, el 26 de enero.

Esas facultades están respaldadas en el artículo 370 de la Constitución Política de 1999 y también están consignadas en el artículo 68 de la Ley 142, que estableció la delegación de funciones presidenciales a las comisiones: “El presidente de la República señalará las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios”.

Teniendo en cuenta ese panorama legal, el Gobierno nacional reasumirá “por el término de tres (3) meses a partir de la vigencia del presente decreto las funciones de carácter general delegadas” a la Creg y la CRA. El documento aclaró, a su vez, que esas entidades “continuarán expidiendo los actos administrativos de carácter particular”.

Según Blu Radio, la Asociación Colombiana de Petróleo y Gas solicitó “incluir explícitamente un periodo de inicio y término de la reasunción de funciones presidenciales”, para que haya una mayor certidumbre en los mercados.

Esa fue la única anotación que la administración de Gustavo Petro aceptó. Las demás fueron negadas, como las que aseguraban que había funciones regulatorias que no podrían asumirse por medio de un decreto. Al respecto, el Gobierno nacional argumentó que la normativa tiene en cuenta los principios y criterios tarifarios de las leyes 142 y 143.

Conozca el Decreto aquí.

Tags: